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Declaración en solidaridad con Cilia Adela Flores de Maduro

El Foro de São Paulo expresa su solidaridad y firme apoyo a la solicitud de libertad
provisional bajo régimen de detención domiciliaria de Cilia Adela Flores de Maduro,
Primera Dama de la República Bolivariana de Venezuela, y reclama que su situación sea
considerada con estricto apego al derecho internacional, al debido proceso y al respeto
irrestricto de los derechos humanos.
La Sra. Flores de Maduro atraviesa una situación de especial vulnerabilidad debido a su
delicado estado de salud cardíaca, luego de haber sido sometida a una cirugía invasiva.
Actualmente requiere medicación permanente, tiene indicada nitroglicerina ante la
eventualidad de una emergencia cardíaca y enfrenta recomendaciones médicas que
contemplan estudios coronarios y una eventual nueva intervención quirúrgica. Frente a
esta realidad, sostenemos que ninguna diferencia política puede justificar que una
persona sea privada de las condiciones necesarias para preservar su vida y su integridad
física.
Del mismo modo, recordamos que los argumentos desarrollados en los Memorandos
Jurídicos ECF 321 y ECF 325, presentados respectivamente por el Sr. Nicolás Maduro y
por la Sra. Flores de Maduro, invocan los principios del derecho internacional relativos
a la inmunidad y señalan que los dirigentes no deben estar «sujetos a detención, arresto
o humillación en el sistema jurídico de un país extranjero». In re Grand Jury Proceedings,
Doe No. 700, 817 F.2d 1108, 1110 (4th Cir. 1987).
La propia legislación estadounidense establece, el marco para determinar las
condiciones de libertad provisional antes del juicio y hay elementos concretos que
deben ser considerados: su condición de Primera Dama de Venezuela, esposa del jefe
de Estado extranjero en funciones, diputada electa y en ejercicio de la Asamblea
Nacional, la ausencia de un peligro para la comunidad y, fundamentalmente, su estado
de salud.
El Foro de São Paulo considera, que la prisión preventiva no puede convertirse en una
condena anticipada ni en un instrumento de presión o persecución política. La
presunción de inocencia, el derecho de defensa, la dignidad humana y las garantías de
un juicio justo no pueden depender de la nacionalidad, la ideología o la posición política
de quien enfrenta un proceso judicial.

Por ello, acompañamos la solicitud de libertad provisional de Cilia Adela Flores de
Maduro
bajo las condiciones propuestas ante el Tribunal: reclusión domiciliaria,
monitoreo mediante GPS, vigilancia armada permanente, entrega de los documentos
de viaje y designación de un custodio tercero aprobado por los Servicios de Supervisión
Previa al Juicio y por el Tribunal.
Estas medidas permiten conciliar las necesidades del proceso judicial con la obligación
de preservar la salud, la integridad y la dignidad de la persona sometida a proceso.
Solicitamos, por tanto, que la autoridad judicial competente haga lugar a la petición de
libertad provisional bajo régimen de detención domiciliaria de Cilia Adela Flores de
Maduro
, atendiendo especialmente a su situación médica y a las garantías ofrecidas.

El debido proceso es un derecho, no un privilegio.
La Justicia no debe ser instrumento de persecución política.
La dignidad humana debe estar por encima de toda disputa política.

Mónica Valente

Secretaria Ejecutiva

FORO DE SÃO PAULO