Tapas - Prensa (8)

¿Cuál justicia? Participación en la CIJ

Por. Prof. Carolina Escarrá Gil

Profesora e Investigadora

Universidad Internacional de Las Comunicaciones, LAUICOM

Ejes Temáticos Funcionales

  • Legitimidad Histórica y Diplomática: La vigencia exclusiva del Acuerdo de Ginebra de 1966 frente a la ilegalidad del Laudo de París de 1899.
  • Intereses Corporativos Trasnacionales: El papel de ExxonMobil en la demanda de Guyana ante la CIJ y el usufructo de los hidrocarburos.
  • Geopolítica y Cortinas de Humo: Maniobras de distracción fronteriza y reuniones bilaterales de inversión petrolera.
  • Conciencia y Soberanía Popular: El referendo consultivo como el hito que define el mandato popular de integridad territorial.
  • Filosofía del Derecho Internacional: La crítica a la rigidez de los tribunales tradicionales frente a la justicia revolucionaria de los pueblos.

La semana pasada tuvo lugar la participación de la delegación venezolana con la presidenta encargada a la cabeza, en la audiencia de la Corte Internacional de Justicia sobre el Esequibo, en Países Bajos, donde se encuentra la sede de ese tribunal internacional.

Allí, la delegación reafirmó la posición histórica de Venezuela en torno a la controversia, enfatizando que la misma solo será dirimida a través de un diálogo político concertado, en el marco del Acuerdo de Ginebra de 1966, el cual establece una solución práctica y mutuamente satisfactoria para ambas partes, advirtiendo además que Venezuela desestimará cualquier decisión de esa Corte, que vaya contra el Acuerdo de Ginebra, puesto que “Venezuela nunca ha dado consentimiento para someter la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba a la jurisdicción de esta corte”.

Por esa razón el equipo venezolano solicitó formalmente a la CIJ que se abstenga de intervenir en la controversia sobre el Esequibo, como lo enfatizó el embajador Samuel Moncada en el cierre de la intervención de la delegación nacional.

La verdad histórica de Venezuela: El Acuerdo de Ginebra de 1966 como la única vía válida para resolver la controversia.

Estamos preparados

Igualmente, la presidenta encargada dejó claro en nombre de todas y todos los venezolanos, que Venezuela está lista y preparada para alcanzar una solución satisfactoria: “En nombre del pueblo venezolano, hemos llegado a los Países Bajos para defender la majestad y el vigor del Acuerdo de Ginebra de 1966…”

Presentó más de 3000 folios de documentos históricos que confirman la nulidad del Laudo arbitrario de París de 1899, la ilegalidad del Tratado de Washington en el cual se sustentó dicho arbitraje, al tiempo que ratifican que el Esequibo forma parte del territorio de Venezuela desde la creación de la Capitanía General en 1777.

También señaló que la actitud hostil de Guyana responde a intereses petroleros trasnacionales, pues su desconocimiento del Acuerdo de Ginebra coincidió con el hallazgo “de fama mundial” por parte de la ExxonMobil, de grandes yacimientos de hidrocarburos.

Demanda

Recordamos que, en el año 2018, el gobierno de la República Cooperativa de Guyana introdujo de manera unilateral, y con el apoyo del secretario general de la ONU, una demanda en la cual solicitaba la validez del Laudo arbitrario de París de 1899, que ya había sido discutido en el marco de la Asamblea General de la ONU, dando pie al Acuerdo de Ginebra de 1966, con el aval de Inglaterra, la para entonces Guyana inglesa y la República Bolivariana de Venezuela. 

Venezuela no ha reconocido ni reconoce la jurisdicción de esa Corte en la disputa como lo ha hecho saber en reiteradas oportunidades y como incluso se definió popularmente a través del referendo del 3 de diciembre de 2023.

No obstante, el gobierno asistió a la ronda de audiencias en la CIJ, con la única intención de “mostrar ante el mundo la verdad sobre los derechos que desde su nacimiento le corresponden sobre el territorio de la Guayana Esequiba”, como lo anunció el canciller.

Soberanía e intereses trasnacionales: El financiamiento corporativo detrás de las demandas contra la integridad territorial

Cortina de humo

Por otro lado, el canciller Yván Gil dijo que Guyana lanzó otra “cortina de humo”, al señalar un supuesto ataque de Venezuela en la frontera, dejando una persona herida, como lo ha hecho en otras ocasiones, en momentos en que el tema del Esequibo tiene una gran exposición mediática. Así señaló: “No podrán desviar la atención de la verdad histórica, jurídica y política: la única vía válida para resolver esta controversia es el Acuerdo de Ginebra de 1966, vigente hoy y mecanismo diplomático y pacífico al cual estamos comprometidas ambas naciones. Estas recurrentes cortinas de humo no ocultarán su derrota frente a la verdad ni su negativa a cumplir el único mecanismo acordado entre las partes”.

Por su parte, de acuerdo con Reuters, Trump se reunió con directivos de Chevron y ExxonMobil en la Casa Blanca para discutir inversiones y oportunidades petroleras en Venezuela”, mientras versiones en redes sociales vinculan esta reunión con una posible estrategia para reducir tensiones sobre el Esequibo, donde ambas compañías estadounidenses mantienen intereses petroleros.

Elementos puntuales a recordar

Sobre el tema, hay que recordar que el presidente Maduro hablaba de 6 momentos en la controversia y que el último de esos momentos era el que estaba surgiendo a partir del referendo del 3 de diciembre de 2023, hito que fue precedido por una campaña que pudiéramos llamar peregrinaje, y en la cual se le explicó al pueblo venezolano de manera didáctica por qué debía votar sí a las 5 preguntas del referendo, una de las cuales plantea la creación del Estado Guayana Esequiba y la modificación del mapa, para incluir a Venezuela toda, en el marco de la integridad territorial, algo que ha sido muy rechazado por las autoridades guyanesas. 

También hay que recordar que se trata de un territorio venezolano de 159.542 Km2, del cual fuimos vilmente despojados a través del fraude imperial, que corresponde a 156 veces la isla de Margarita o 368 veces el tamaño de Caracas, como lo plantea la ONG Mi Mapa, y que es rico en minerales, tierras raras biodiversidad, pero además tiene proyección al mar atlántico donde se encontraron importantes yacimientos petroleros que Guyana ha estado usufructuando junto con empresas transnacionales petroleras como la ExxonMobil

De acuerdo con el ex ministro de ambiente guyanés Trotman, la ExxonMobil no solo presionó para que se efectuara la demanda, sino que pagó los gastos para que el país lo hiciera. Esto, evidentemente para defender el apenas 2% de regalía que les exige Guyana a las empresas petroleras, de acuerdo con el acuerdo de 2016, parte del cual se va en los actos de corrupción de autoridades guyanesas, por lo cual las ganancias obtenidas, no se retribuyen a la población.

Laudo írrito y nulo

Nuestra delegación pisó firme en este sentido, dejando sobradas evidencias de por qué el laudo arbitrario de París es un laudo írrito, nulo e ilícito. También se habló del acuerdo entre Holanda e Inglaterra de 1814, que está en el origen de la controversia, que tuvo mucho antes bulas papales, mapas y otros documentos.

Sobradas razones lo demuestran: La falta de justificación del laudo, algo no concebible en esa época; la ultrapetita al tocar tierras en disputa con Brasil o al decidir la navegación internacional de ríos venezolanos; el uti posiidetis factis con tan solo 50 años de permanencia en el territorio y no con 100 que era lo que se planteaba en la época (elemento contenido en el Tratado de Washington) sin la participación de Venezuela; la componenda, chantaje y fraude demostrado por Severo Mallet Prevost muchos años después para la aceptación de unos linderos, de líneas que supuestamente Shomburg trazó aun estando muerto.

Frente al fraude imperial: Los argumentos irrebatibles que demuestran la nulidad absoluta del Laudo de París.

¿Cuál justicia?

A vuelo de pájaros, y en un espacio reducido como esta columna, unas pinceladas de nuestra lucha asimétrica por recuperar un territorio que es parte de nuestra integridad territorial. La batalla es en el terreno de una institución que ha demostrado en otros fallos, ser la justicia con vendas en los ojos, con una balanza tal vez de cartón, rígida y con sonrisa de Mona Lisa. No la justicia revolucionaria sin vendas en los ojos, en movimiento, con el cabello al viento, libre, que reconoce las asimetrías sociales en esta lucha de clases internacional, que es la justicia de los pueblos, la justicia de Carlos Escarrá, la justicia del amor.

No obstante, sin duda alguna, debemos seguir apostando al triunfo de la verdad sobre la mentira y de la vida y el amor sobre la muerte, la desesperanza y el odio.

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No te pierdas el artículo “de y para el pueblo” de nuestra prof. Carolina Escarrá Gil.

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Venezuela libre

Por la Profesora Carolina Escarrá
Universidad Internacional de las Comunicaciones (LAUICOM)
Abril, 2026

En estos días ha sido muy recurrente en los medios venezolanos, latinoamericanos y estadounidenses, titulares que señalan que EEUU ha “levantado sanciones”, en especial luego de la emisión de ciertas “licencias” en el marco del ecosistema bancario en el espectro de lo público en Venezuela.

Licencias OFAC:

Antes de comenzar a explicar las diferencias entre el otorgamiento de licencias y el “levantamiento de sanciones” de parte de EE.UU. hacia Venezuela, sin caer en explicaciones sobre el tema económico que como politóloga manejo de una manera suficiente pero no exhaustiva, es menester aclarar que flexibilización no es lo mismo que eliminación y que aún a este momento, de acuerdo con el Observatorio Venezolano Antibloqueo, tenemos 1088 medidas coercitivas unilaterales contra Venezuela. Debo aclarar que algunos voceros hablan de 1081 y otros de 1044. En todo caso, las que han sido retiradas o levantadas, tienen que ver con la eliminación de algunas personas de la lista de nacionales especialmente designados de la OFAC.

  • Marco Jurídico: Análisis de las licencias OFAC 56 y 57 en el contexto venezolano.
  • Concepto central: Diferencia entre la flexibilización mediante licencias y levantamiento real de sanciones.
  • Impacto económico: Restricciones en el sistema bancario público y la operatividad del Banco Central de Venezuela (BCV).
  • Soberanía: el llamado al levantamiento total de las medidas coercitivas unilaterales para la seguridad jurídica nacional.

Medidas Coercitivas Unilaterales:

Por una parte, el simple hecho de otorgar licencias implica “sanciones”, lo que es en sí mismo un mecanismo ilegal. Ello implica que un gobierno extranjero y sus lacayos en el país se dieron la posibilidad de pedir unos y de emitir otros, medidas coercitivas unilaterales en el marco de una guerra híbrida sin cuartel que han desatado contra Venezuela. Aunque hubo medidas previas en 2003 y 2011, luego de fallecer Chávez y declarar fraude en las primeras elecciones de Maduro en 2013, un grupo de apátridas se inventaron calentar la calle siguiendo el manual de Gene Sharp y aplicaron “La salida”. Los medios de comunicación crearon la narrativa de la represión de parte del Estado para contener la manifestación nada pacífica, y esto llevó a la emisión de un Act. o Ley en el congreso de EEUU, en diciembre de 2014, donde instruían al presidente de turno (Obama), emitir una lista de personas “sancionadas” en no más de 90 días.

Esta ley dio pie para la emisión -en marzo de 2015- de un decreto en el que además de “sancionar” a 7 connacionales, declararon a Venezuela como “amenaza inusual y extraordinaria” a su política exterior y a su seguridad nacional. De allí se han desprendido las más de 1000 medidas coercitivas unilaterales contra personas, instituciones, activos, y hasta colectivos de Venezuela. En gran medida restringen la manera como Venezuela puede relacionarse especialmente a nivel comercial con el resto del mundo.

“Sanción” al Banco Central de Venezuela.

Una de esas medidas coercitivas unilaterales impactó directamente al Banco Central de Venezuela y a otras entidades de la banca pública.  Así, a través de la Orden Ejecutiva 13850 del 1 de noviembre de 2018, intitulada “Bloqueo de bienes de personas adicionales que contribuyen a la situación en Venezuela”, en la primera administración del Presidente Donald Trump, señala con respecto a lo que entiende por Gobierno de Venezuela en su ordinal  d), el cual estipula: “el término “Gobierno de Venezuela” significa el Gobierno de Venezuela, cualquier subdivisión política, agencia o instrumentalidad del mismo, incluido el Banco Central de Venezuela, y cualquier persona que sea propiedad o esté controlada por, o que actúe para o en nombre del Gobierno de Venezuela”.

En el resumen que hacen en la página web del Departamento de Estado, señala: “entre otras cosas, autoriza la imposición de sanciones de bloqueo a las personas que el Secretario del Tesoro determine, en consulta con el Secretario de Estado, que operan en el sector aurífero de la economía venezolana o en cualquier otro sector de la economía venezolana que determine el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado. Además, autoriza la imposición de sanciones de bloqueo a las personas que el Secretario del Tesoro determine, en consulta con el Secretario de Estado, que son responsables o cómplices de, o que han participado directa o indirectamente en, cualquier transacción que involucre prácticas engañosas o corrupción y el Gobierno de Venezuela o proyectos o programas administrados por el Gobierno de Venezuela, o que sean familiares directos adultos de dichas personas.”

Desde 2018 el Banco Central de Venezuela y otras “agencias” fueron el blanco de esa medida coercitiva unilateral. Desde entonces, los activos del BCV que se encuentran en el extranjero han sido congelados. En el 2019, se autorizó a Guaidó a usar parte de ese bien congelado, y se restringió la posibilidad de que las autoridades electas constitucionalmente por el pueblo venezolano, pudieran participar abiertamente en el sistema bancario internacional que usa el patrón dólar y la plataforma swift.

Régimen de “licencias”:

Ya con la administración del presidente Biden se habían emitido algunas “licencias” para permitir a ciertas empresas extranjeras participar de una especie de régimen especial de relacionamiento comercial con la República Bolivariana de Venezuela, como sucedió en el caso específico de Chevron por ejemplo, empresa a la cual, mediante la emisión de una licencia, se le permitía desarrollar y mantener algunos procesos vinculados a la cadena de producción y extracción del petróleo venezolano.

No obstante, luego de la agresión sin precedentes del 3 de enero, ha comenzado un interés especial de parte de la actual administración de los Estados Unidos, para buscar una mayor producción de petróleo, lo que ha hecho proliferar las “licencias” otorgadas a más empresas del área petrolera, aurífera, minera y vinculada a las tierras raras, para beneficiar principalmente a los Estados Unidos y a sus países y empresas aliadas.

Luego se percataron que para el relacionamiento idóneo con las empresas venezolanas y poder trasladar personal, insumos, inversiones y otros activos a nuestro país, debían flexibilizar las actividades del Banco Central de Venezuela y otras de esas “agencias” de la banca pública venezolana.

Licencias 56 y 57:

En todo caso la licencia 56 permite a empresas y personas negociar contratos comerciales con el gobierno venezolano lo que permitirá facilitar el acceso a ingresos petroleros y agilizar los trámites comerciales estratégicos de acuerdo con las declaraciones de altos funcionarios, incluyendo la posibilidad de establecer acuerdos preliminares, firmar memorandos de entendimiento y presentar propuestas en licitaciones públicas, para que compañías internacionales especialmente de Estados Unidos, puedan avanzar en negociaciones directas con el gobierno, sin violar restricciones de la OFAC.

Por otro lado, la licencia 57, permite transacciones financieras con el Banco Central de Venezuela, el Banco de Venezuela, el Banco Digital de los Trabajadores y el Banco del Tesoro, que incluyen apertura de cuentas, remesas, pagos con tarjetas y servicios de banca en dólares.  En todo caso, como son licencias específicas y tienen sus propios límites, uno de ellos es que prohíben cualquier transacción con entidades o ciudadanos de Rusia, Irán, la República Popular Democrática de Corea y Cuba, así como empresas controladas por China y a cualquier persona que figure en la lista de nacionales especialmente designados de la OFAC.

Acompañar el peregrinaje:

Todo ello, podría tener un impacto importante en la economía venezolana como lo dicen algunos voceros, especialmente en lo inmediato si logramos las inversiones que se están planteando para potenciar nuestra industria nacional con inversión extranjera, facilitando el acceso a mercados internacionales y operaciones financieras antes muy limitadas.

Pero del mismo modo, al tratarse de “licencias”, y no un levantamiento de la Orden Ejecutiva 13850, además de las restricciones propias de la licencia, también podría ser eliminado cuando la administración actual de Estados Unidos lo decida, además de que no impide la inclusión de cuentadantes de los bancos o de empresas nacionales a lista de nacionales especialmente designados de la OFAC, lo que de por sí, no genera total seguridad jurídica, ni constituye un acto de justicia.

Es por esta razón que debemos acompañar el peregrinaje de nuestras autoridades en nuestra exigencia justa por el levantamiento de las medidas coercitivas unilaterales en su totalidad para que Venezuela, finalmente, pueda volar libre.

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